Qué Bizums se declaran a Hacienda y cuáles no: cómo preparar tu Renta 2022 sin multas ni sorpresas

Se acerca uno de los momentos del año que más nerviosos pone a los españoles. Se acerca la declaración de la Renta, la que corresponde al ejercicio de 2022. Es el momento del año de poner en orden los papeles del año pasado, de saber qué hemos de incluir y qué no para intentar pagar menos, o que nos devuelvan más, o de evitar una multa por omisión. Como la multa que puede caernos por dejar los Bizum que hemos recibido sin declarar.

Los Bizum hay que declararlos, todos. Cada vez que recibimos dinero, es un ingreso y, por tanto, ha de ser declarado en nuestro apartado de ingresos. Porque los Bizum son transacciones de dinero y, por tanto, tienen las mismas reglas que el resto de transacciones, más aún si forman parte de alguna actividad económica que estemos llevando a cabo. Y también acarrean obligaciones para con Hacienda. Si no son entre particulares, claro está.

Los Bizum entre particulares no se han de declarar

Hay una cosa que conviene tener clara a la hora de saber qué son exactamente los Bizum, y es que no son como sacar 20 euros del bolsillo y dárselos a un amigo, o usarlos para pagar en una gasolinera. Los Bizum son órdenes de transferencia inmediata que viajan de un banco a otro, con origen en nuestra cuenta y con el destino de la cuenta de otra persona. Se hacen desde el móvil, sí, pero son transferencias.

Por norma general, Hacienda considera que lo que deberíamos declarar a Hacienda como tal no es el Bizum. No es el pago en sí. Como explican a ABC, "no es el pago del Bizum en sí, sino la operación de venta". La gestión que hay detrás de ese pago es lo que debe declararse. Pero eso es en lo que respecta a los pequeños pagos, pues si vendemos algo por valor de 50 euros y cobramos con Bizum estamos llevando a cabo una venta, con un beneficio, y eso habría que declararlo.

Consultamos con Remo Domingo, asesor de empresas especializado en impuestos. Remo confirma que, efectivamente, hemos de distinguir entre dos tipos de uso para los Bizum. Uno de ellos es el uso de Bizum entre particulares. Le envío dinero a un amigo porque él me invitó un día yo quedé en pagarle la mitad, o cualquier otro envío de dinero con motivos parecidos. En este caso hablaríamos de un movimiento de fondos que no conlleva ningún tipo de actividad económica.

Los Bizum entre particulares son movimientos de fondos y no hay que declararlos

En el segundo caso, ya entraríamos en los cobros por Bizum correspondientes a actividades económicas. Por ejemplo, un taxista que cobra con Bizum a sus clientes, o la dueña de una tienda que también permite este tipo de pagos. O un restaurante. Aquí sí hablaríamos de la obligación de declarar el 100% de los ingresos recibidos por Bizum al tratarse de un método de pago equivalente al efectivo, la tarjeta de crédito la transferencia.

Cuando en el segundo caso hablamos de grandes cantidades, superiores 10.000 euros según la Ley General Tributaria, tendríamos que rellenar un documento específico, el modelo S-1, previo a la recepción de dicha cantidad para no incurrir en sanciones de hasta el 50% de la cantidad recibida. En un cobro de 10.000 euros vía Bizum o cualquier otro método, hasta 5.000 euros. Pero como os hemos comentado, los Bizum con actividad económica han de declararse a Hacienda sí o sí. Los movimientos entre particulares no.

Existe un tercer caso, el de la venta de productos de segunda mano entre particulares. Si vendes algo que compraste anteriormente, ya sea algo para tu casa o la entrada de un concierto. En este caso, depende de si con la venta obtienes o no beneficio. Si vendes algo por lo mismo que te costó, o por menos dinero, no hay que declarar dicho ingreso por Bizum a Hacienda. Si obtienes beneficio, entonces te tocará reflejar el ingreso si no quieres concurrir en una infracción. Ojo con esto, que vivimos en la era de Wallapop.

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